"POLÍTICAS EDUCATIVAS INTERCULTURALES EN MÉXICO"
Tiene la funcion de responder a la necesidad de establecer las políticas y los fundamentos de la educación intercultural bilingüe (SEN) CGEIB, ya que desde su creación se ha propuesto la construcción colectiva de una plataforma común que permita dimensionar y apuntar la interculturalidad.

- En el Marco Jurídico - Político está basado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Reconoce, en su artículo 2 , la composición pluricultural de la nación mexicana “sustentada originalmente en sus pueblos indígenas”. En este mismo artículo se garantiza el derecho de dichos pueblos de preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y cultura, y enuncia la obligación gubernamental de establecer políticas e instituciones sociales orientadas a alcanzar la igualdad de oportunidades, la eliminación de prácticas discriminatorias, así como el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades mediante la participación de los propios indígenas.
- En la prohibición de la discriminación en México por origen étnico o cualquier otra condición, está establecida en el artículo 1 de nuestra Carta Magna, y el reconocimiento de la coadyuvancia de la educación para su logro, en la fracción II del artículo 3°.
- El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes es un importante instrumento normativo internacional que reconoce los derechos de los pueblos indígenas. Los países que lo suscriben se obligan a reformar su legislación nacional de acuerdo con sus disposiciones.
- Así también, subraya el derecho de los pueblos indígenas de participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional que los afecten de forma directa.Los artículos 21 y 22 enfatizan el compromiso degarantizar la educación en todos los niveles deenseñanza para estos pueblos, de forma tal quegocen de condiciones de igualdad respecto delresto de la población.
- Ley General de Derechos Lingüísticos delos Pueblos Indígenas Esta legislación tienepor objeto regular el reconocimiento y laprotección de los derechos lingüísticos,individuales y colectivos de los pueblos ycomunidades indígenas, así como promover eluso y desarrollo de las lenguas indígenas.
- El artículo 11 de esta ley establece para la población indígena la garantía de acceder a la educación obligatoria, en la modalidad intercultural y bilingüe, así como el fomento de la interculturalidad, el multilingüismo y el respeto a la diversidad y los derechos lingüísticos en los niveles medio y superior.
- El artículo 13 señala el compromiso del Estado al Incluir dentro de los planes y programas, nacionales, estatales y municipales en materia de educación y cultura indígena las políticas y acciones tendientes a la protección, preservación, promoción y desarrollo de las diversas lenguas indígenas nacionales, contando con la participación de los pueblos y comunidades indígenas.
Es por eso que el marco jurídico en la que se emplaza la EIB, principalmente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reconoce la composición pluricultural de la nación mexicana y la prohibición de la discriminación por origen étnico o cualquier otra condición. Por otro lado, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes es un importante instrumento normativo internacional que reconoce los derechos de los pueblos indígenas. Otros marcos son ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.
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